jueves, 18 de octubre de 2018

Otros elementos para una política en materia judicial

Publicado en:
El Poder (Tarapoto Perú)
El Clarín (Cajamarca Perú)

Todas las iniciativas exitosas de reforma judicial en América Latina, con impacto positivo en la justicia y su conducción, han pasado por un proceso participativo, plural, inclusivo, progresivo, con una acción integral del Estado, bien articulada y en busca de un objetivo común.
En Perú, ese objetivo común ahora coincide con tres variables: la creciente demanda social de reforma integral y no de decisiones políticas desarticuladas en base a parches normativos, el marco constitucional (Capítulo VIII) que no terminamos de implementar y la normatividad internacional sobre acceso a la justicia y otros derechos humanos y compromisos que nuestro Estado por su declive institucional incumple. Esto es, lograr una justicia que brinda un servicio eficiente al ciudadano, caracterizado por su acceso, independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, participación ciudadana y respeto a los derechos.
En ese sentido, hemos venido planteando analizar y realizar prospectiva respecto a la justicia y la implementación de estos tres mandatos (el social y los legales), desde un enfoque de política pública; a fin de enfrentar el problema público de crisis de las instituciones del sistema de justicia, a través de una reforma técnica e integral y no política ni coyuntural como ocurre actualmente en algunos países de la región.
En esa línea de reflexiones, afianza un proceso de reforma integral al sistema de justicia si concurren, entre otros, los siguientes elementos:
Real voluntad política del Gobierno Nacional, que se debe plasmar en acciones concretas como asegurar un financiamiento suficiente, sincerar el discurso de sus interlocutores y generar condiciones objetivas para el inicio del proceso; en el que el “ganador” sea la institucionalidad judicial y con ellas los peruanos. Esta voluntad política debe implicar además capacidad de convocatoria y acuerdo nacional a nivel de la llamada “clase política”, económica y los sectores vivos del país; considerando que una reforma judicial no es patrimonio de un presidente, y, en consecuencia, debe trascender gobiernos, ser progresiva y tener un carácter prioritario en la agenda de Estado.
Conducta responsable y coherente del Congreso: Resulta tendencioso que el Legislativo le exija al Judicial que brinde un servicio óptimo y oportuno, con un marco jurídico que pocos conocen, una cobertura insuficiente y una implementación de leyes que nunca termina; considerando su insuficiente presupuesto, incremento de la población usuaria y tasa de litigiosidad. En ese sentido, el Legislativo debe cumplir con el mandato constitucional y legal de generar leyes y códigos que hagan realidad el derecho humano de acceso oportuno a la justicia. Debemos exigirles a nuestros congresistas rindan cuentas sobre ¿cuál es su aporte concreto a favor de la reforma judicial? o, ¿qué iniciativas legislativas han promovido de cara a ampliar la cobertura de servicios, democratizar la Justicia y luchar contra la corrupción?, entre otros.
Carácter técnico, inclusivo y de consenso de los componentes de la reforma y su implementación: Si todos demandan una reforma judicial, como ocurre actualmente, quiénes la lideren deberían no solo generar mecanismos para canalizar las propuestas, sino promover espacios plurales para lograr consensos, que apunten a un acuerdo nacional sobre los componentes de la reforma integral al sistema de justicia. El abordaje de esta agenda, debería ser técnico, sobre todo en el proceso de implementación, porque si bien el apoyo político es fundamental, éste debe estar limitado para que no exista predominios y así evitar distorsiones del proceso.
Participación efectiva del Poder Judicial y otros actores relevantes. No puede haber reforma judicial sin la participación de los reformados. En ese sentido, es sustantiva la participación no sólo de los jueces si no del Tribunal Constitucional, la Fiscalía de la Nación, el Consejo Nacional de la Magistratura, la Academia de la Magistratura, el Ministerio de Justicia, el Defensor del Pueblo y la sociedad articulada y con voz propia a través de sus ONGs universidades y colegios profesionales. Cuenta además la existencia de una cooperación internacional informada con apertura y co-responsable.
Cuando hay un compromiso político de la sociedad y sus políticos con la institucionalidad democrática, se puede iniciar un proceso de reforma judicial, en una acción coordinada y conjunta (sin predominios ni sometimientos) entre órganos del Estado. En ese sentido, el Acuerdo Nacional por la Justicia (2001) y sus “Políticas de Estado para el Cambio Estructural en el Poder Judicial”, base para el trabajo de la Comisión Especial para la Reforma Integral de la Administración de Justicia – CERIAJUS, no deben ser desechados; considerando que si no lograron sus objetivos fue por la falta de apoyo de los gobiernos desde entonces.
Si la apuesta es una auténtica reforma judicial, las tareas encomendadas a la “Comisión de Reforma del Sistema de Justicia” deberían ser el inicio de aquel proceso plural que planteamos. En esa orientación, la acción del Estado debería ampliarse ser integral y estar articulada coherentemente, promoviendo un objetivo común aunque con objetivos específicos, siguiendo las demandas sociales y los mandatos legales nacionales e internacionales; tal como se intentó con CERIAJUS y lo lograron en su momento países como Costa Rica y Chile.
Existen condiciones para la reforma y serán la dimensión e impacto de las medidas que adopten las que marquen su derrotero. Conspira contra la salud democrática de nuestro país si este tiempo y los años que siguen son de improvisación y falta de liderazgo de los actores clave y no se trasciende del discurso a la propuesta y acción concreta. El pueblo espera mientras la corrupción acecha.

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