sábado, 18 de julio de 2015

Elementos que hacen “integral” una reforma al sistema de justicia

Publicado en:

Correo del Sur
La Razón

Pese a la necesidad de promover una reforma integral del sistema de justicia, el Ejecutivo y el Legislativo insisten en su idea de superar la crisis judicial con las propuestas que emerjan de la “cumbre judicial”. La Universidad sigue ausente, al igual que la masa crítica de las ONGs independientes. Ignoramos si algún Colegio de Profesionales tiene propuestas presentadas e incluidas. Desconocemos los alcances de las propuestas que estarían haciendo las “organizaciones sociales”, porque el Ministerio de Justicia viene gestionando la “cumbre” con antidemocrático hermetismo. En esa línea, el Órgano Judicial no ha respondido a las críticas que pesan sobre él por su débil situación; el Tribunal Constitucional ha mantenido un perfil bajo; la Fiscalía, en respaldo al Ejecutivo y Legislativo, hizo una propuesta de diez puntos, y ningún medio de comunicación “se ha ganado el pleito” de apoyar este proceso, con responsabilidad, compromiso y proactividad.

Por estas razones y en la línea de seguir aportando, comparto algunos elementos que han concurrido, en experiencias exitosas de reforma, con el fin de mostrar qué implica una reforma judicial.

Real voluntad política del Ejecutivo: Se debe plasmar en acciones concretas la voluntad política del Órgano Ejecutivo de reformar la Justicia. Tendrán entonces los portavoces gubernamentales que sincerar su discurso y generar condiciones reales para el inicio de un proceso (ojo… un proceso) en el que el “ganador” sea el Órgano Judicial y con él los bolivianos y las bolivianas. Esta voluntad política debe implicar capacidad de convocatoria y acuerdo a nivel de la llamada “clase política”; porque una reforma judicial no es patrimonio de un Gobierno, es de un Estado, y, en consecuencia, debe trascender gobiernos, ser progresiva y tener un carácter prioritario en la agenda de Estado.

Conducta responsable y coherente del Legislativo: Resulta incoherente que el Legislativo le exija al Judicial que brinde un servicio óptimo y oportuno, con un marco jurídico insuficiente, inadecuado, contradictorio y –en algunas materias– obsoleto; considerando los nuevos paradigmas constitucionales de la función judicial. En ese sentido, el Legislativo debería asumir su responsabilidad y cumplir con el mandato constitucional y legal, de generar leyes y códigos que hagan viable la justicia plural. ¿Cuántos años han transcurrido desde que está vigente la Disposición Transitoria Tercera de la Ley del Órgano Judicial, que reconoce que "se establece un proceso de transición máximo de dos años para que los distintos códigos que rigen la administración de justicia sean modificados para adecuarse a esta Ley y sean aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional"? Entonces, ¿cuál es su aporte y compromiso con la reforma judicial, porque cuántos de los llamados “Códigos Morales” están vigentes? Y, cuidado que cambiando a las altas autoridades, la crisis judicial se acentuará. Lo sensato sería dejar que concluyan su mandado y en ese tiempo sentar las bases para una genuina reforma judicial.

Carácter técnico, inclusivo y de consenso de los componentes de la reforma y su implementación: Si el actor predominante es el Ministerio de Justicia y si todos y todas demandan una reforma judicial, deberían no solo generar mecanismos para canalizar las propuestas; sino promover espacios plurales para lograr consensos, que apunten a un acuerdo nacional sobre la reforma integral al Sistema de Justicia. El abordaje de esta agenda, debería ser técnico, sobre todo en el proceso de implementación, porque si bien el apoyo político es fundamental, éste debe estar limitado para evitar distorsiones del proceso. La elección de las “altas autoridades judiciales”, resulta ejemplificadora.

Enfoque de política pública o política de Estado: Este elemento es sustancial y hay que exigirlo. El enfoque de política pública alude al conjunto de decisiones o de acciones coherentes, tomadas –en el tiempo– por diferentes actores estatales y no estatales, cuyos recursos, nexos institucionales e intereses varían, a fin de resolver un problema colectivo, que en Bolivia es cada vez más crítico: la vulneración de derechos en los tribunales de justicia. En este marco, resulta ineludible reiterar nuestra recomendación de no sustituir este enfoque, que implica un proceso, por la denominada “cumbre judicial”, que pese a su influjo mediático, no deja de ser una actividad gubernamental y momentánea.

Si la apuesta es una auténtica reforma judicial, la “cumbre judicial” debería ser el inicio de aquel proceso plural de un año. Las iniciativas de reforma que se generen deberían tener un impacto positivo en la justicia y su conducción. En ese sentido, la acción del Estado debería ser integral y estar articulada coherentemente, promoviendo un objetivo común aunque con objetivos específicos, siguiendo los mandatos de la actual Constitución. Esta política de Estado, entonces, debería agotar cuatro fases: la elaboración de la agenda, la programación, la implementación y la evaluación del grado de resolución del problema que simboliza hoy la justicia; tal como lo hicieron Costa Rica, Chile y en menor medida Perú y otros países latinoamericanos en pro de una justicia justa.