sábado, 30 de marzo de 2019

Otros aspectos que fortalecen la justicia

Publicado en:
El Clarín (Cajamarca Perú)

Nuestros sistemas judiciales no han logrado, pese a sus avances normativos (en lo pluricultural, género, etc), internalizar en los jueces y fiscales criterios de acción. El cumplimiento de normas y estándares internacionales de derechos humanos (DDHH), la independencia judicial (IJ), la transparencia institucional (TI) y el acceso a la justicia (AJ), son algunos ámbitos.

DDHH: El juez es aplicador del Derecho, aunque históricamente se asuma que en ejercicio de la soberanía jurídica le corresponda -en específico- aplicar las normas nacionales. Dictar Derecho entonces se torna en una actividad que descarta los estándares internacionales.

Es necesario, en ese sentido, asumir que el proceso de formación judicial en las academias o escuelas judiciales y fiscales debe contemplar en sus currículas la complementación de la norma nacional con la norma internacional de derechos humanos. Sumaría igualmente que las facultades de Derecho con la judicatura, desarrollasen capacitaciones que fuercen al juez a dar una mirada a las normas y principios internacionales y avizorar los supuestos de hecho en los que esta normativa internacional se aplica. Importaría también que la asistencia técnica de ONGs y agencias de cooperación incidan en la formación judicial y en la búsqueda de indicadores, identificando aleatoriamente aquellos casos en los que el juez dictó justicia prescindiendo de estos principios y normas internacionales.

Por otro lado, no se constata la existencia de bases de datos electrónicas ni bibliotecas virtuales que favorezcan el acceso a fuentes del Derecho Internacional. De esta manera, el problema no es que exista una exclusión deliberada en los sistemas judiciales, con relación a estas normas, sino que no hay facilidades de acceso a la información ni la propiciación de una cultura de derechos humanos. 

IJ: La mayoría de jueces y fiscales no conocen necesariamente todos los supuestos en los que operan casos de falta de independencia judicial, asumiéndose que ésta se concreta solo cuando el poder político pretende intervenir; dejando de lado la presión de la prensa y la opinión pública en determinados casos.

Conviene distinguir, en esa línea, la independencia del Órgano Judicial de la independencia del juez, individualmente considerado. Esta diferenciación nos permitirá plantear estrategias disímiles. Unas que ataquen el problema de la presión política al Órgano Judicial y otras que ataquen el problema cotidiano del coso a cada juez en determinados casos. El juez, en este último supuesto, debe sentir el respaldo del Poder Judicial y formarse en la línea de sentenciar conforme a Derecho y no conforme a lo que sectores de poder de la sociedad esperan de su fallo.

TI: La corrupción está vinculada a la transparencia, pero también a la falta de independencia. Sería necesario establecer, de modo obligatorio, la publicidad individual de las decisiones judiciales (como en Perú) y la identificación de la línea jurisprudencial de cada juez por parte de las facultades de Derecho y la escuela itinerante de lucha contra la corrupción, proveyendo de conocimientos específicos y aplicables que coadyuven a la lucha contra la corrupción.

Es necesario que las universidades involucren a los estudiantes en el control social de la justicia (creando plataformas de acercamiento entre jueces y ciudadanos) y una forma real de hacerlo sería informando de las líneas individuales de pensamiento jurisdiccional de los jueces ¿Se han apartado de su línea de decisión los jueces o son coherentes en el tiempo cuando resuelven casos iguales?

AJ: Pocas veces en la Región Andina se han desarrollado procesos de rastreo de indicadores judiciales y de funcionamiento administrativo. Podría ser promisorio impulsar estos procesos. 

Los indicadores permiten calcular y diferenciar las medidas del problema por cada tipo de caso, de manera que se puedan identificar las causas de los problemas y plantear mecanismos de solución con participación de aliados estratégicos en sociedad civil y la cooperación internacional. 

Es importante para la credibilidad y servicio a la ciudadanía que se incorporen a la legislación y a las políticas públicas determinaciones que hagan posible el acceso a la justicia. Algunos medios y herramientas para avanzar en este propósito, además de los indicadores, lo ofrecen los juzgados itinerantes o los mecanismos que inciden en el tránsito de los jueces por los poblados lejanos de las sedes de la justicia formal, la orientación legal a los ciudadanos de poblados remotos que puedan ofrecer los estudiantes de último año de Derecho y, entre otros, la creación o ampliación de los Juzgados de Paz a ciudades intermedias, en una perspectiva de la asimilación de la justicia a la cultura de paz. Necesitamos iniciar un proceso de internalización en facultades de Derecho, escuelas y gremios de abogados de la importancia de la cultura de paz para alcanzar una genuina justicia, una justicia de cooperación y diálogo antes que de litigio.

En nuestros países, no hay voluntad política para el inicio y desarrollo de genuinos procesos de reforma integral al sistema de justicia. No obstante, debemos sentar bases de una política pública judicial y una forma es promover e institucionalizar medidas como las que planteo.

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