miércoles, 7 de junio de 2017

El valor de los jueces en un sistema democrático

Publicado en:
Correo del Sur (Sucre Bolivia)
Sin Rodeos (Cajamarca Perú)
Lea (Chiclayo Perú)
La Mula (Lima Perú)


Cuando nos referimos a la democracia, no sólo aludimos a la elección periódica y alternada de autoridades o al respeto a la Constitución y los derechos fundamentales, sino también al buen funcionamiento de las instituciones. En un absolutismo el funcionamiento se encamina a la eficiencia administrativa. En una democracia, tal eficiencia es insuficiente, pues se espera algunos otros atributos sustanciales. En el Sistema Judicial estas cualidades serían su independencia frente a otros poderes estatales o económicos, la transparencia, predictibilidad y probidad en el ejercicio de las funciones de los magistrados y el respeto del debido proceso. En una dictadura tales atributos son impensables, pues de lo que se trata es de ocultar, manipular, torcer el Derecho, apelar a la fuerza y corromper, sea a través de sobornos o con amenazas.

El papel social del juez en una democracia es, por tanto, coherente con los valores que la sustentan. Tales valores deben ser, esencial sustento que informe, por ejemplo, las normas procedimentales. Si no es así, las leyes procesales son cuestionables por discordar con la Constitución, el Derecho Internacional y el sistema democrático.

En una democracia, la aplicación de la justicia debe seguir la línea que se desprende de esos valores, y son los ciudadanos quienes tienen la obligación, correlativa a sus propios derechos de pertenencia a la comunidad política, de defenderla. La ciudadanía impone el deber de defender la democracia y, subsecuentemente, el funcionamiento democrático de la justicia. Pero la comunidad política democrática no sólo la componen los individuos, también las instituciones privadas y públicas. De esa pertenencia al sistema es que nace el imperativo de todos de defender la Constitución, el estado de Derecho, la independencia de poderes, entre otros. No se puede hablar de pertenencia sin compromiso. Compete, por tanto, a la prensa (que goza sólo en una democracia de la libertad de expresarse), la función de defender el sistema político. Compete también a los académicos (particularmente del mundo jurídico), que conocen el Derecho y sus fundamentos. A estos últimos les cabe la mayor responsabilidad, porque en su formación bebieron de las fuentes históricas que dan sustento a los Derechos Humanos y la supremacía de la Constitución.

Una sociedad democrática en la que sus juristas y libertarios esconden la voz, es una sociedad de siervos. El genuino coraje pertenece a aquél que defiende la justicia democrática porque tiene las herramientas académicas e intelectuales para hacerlo. Los jueces tienen la academia, son quienes dictan el Derecho e interpretan las normas. Por lo tanto, figuran entre los actores que más conocen y más argumentos y fundamentos tienen para promover y defender los valores democráticos.

Pero como en todo ámbito, no hay voz primera ni segunda que se alce contra la injusticia del sistema sin liderazgos. Un juez tiene la capacidad para distinguir las malas leyes del procedimiento, o las presiones exteriores a la majestad de ser el dador de justicia. De allí la necesidad de promover líderes en el Sistema de Justicia, en la línea de propugnar los grandes cambios que el mandato constitucional exige; pero quienes deben tomar las riendas de ese cambio, en la perspectiva del funcionamiento democrático, deben ser los propios jueces. Por lo demás, los cambios que no tienen como fin esencial el principio y el valor cabal de la justicia, fenecen con las coyunturas. Este razonamiento vale para la reforma de cualquier Sistema Judicial en cualquier parte del mundo.

Se trata de evitar perniciosas intromisiones y que los objetivos democráticos de la justicia no se pierdan entre los objetivos de los otros poderes del Estado. Sólo en una justicia democrática se cumplen las sentencias, basadas en el Derecho.

La justicia democrática que reclamamos y debemos reclamar en toda instancia, es aquella que resulta efectiva en su papel de cumplir la Constitución y las leyes. Lo demás es sólo una democracia que se sostiene en una delgada página de papel: endeble, aérea, cuando no irreal.

jueves, 4 de mayo de 2017

Es necesario democratizar las elecciones judiciales 2017

1. ¿Qué evaluación tiene del proceso electoral judicial boliviano de 2011?

Fue una oportunidad que se debió aprovechar para evaluar el mecanismo constitucional de elección popular de jueces de las “altas cortes”. El proceso fue la imposición de una agenda gubernamental predefinida. Por un lado, la postulación y preselección de los candidatos, 118 para 56 cargos -a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional- se basó en criterios políticos y subjetivos y no en el mérito (en orden a lo que establece la Constitución). La segunda etapa, de organización y administración del proceso electoral, a cargo del Órgano Electoral, estuvo plagada de controversias, debido a que los candidatos (o a través de terceras personas) no pudieron realizar campaña electoral, bajo sanción de inhabilitación; situación que limitó el debate sobre los méritos de los candidatos, negando el derecho a un voto informado de la población. Consideremos, además, que las diferentes campañas por el voto nulo, voto blanco y voto de rechazo, generaron desinformación y confusión entre el electorado y nunca se discutió la necesidad de una política pública sobre el Sistema de Justicia.

2. Está en debate nuevas reformas a las normas que regulan la elección judicial, ¿qué valoración tiene de las mismas?

No conozco cuál es la agenda que se sigue. Entiendo que se trata de modificaciones a leyes centrales de desarrollo constitucional: La 025 del Órgano Judicial, 027 del Tribunal Constitucional Plurinacional y 026 del Régimen Electoral; y pese a que cada Órgano del Estado tienen un sitio web y recursos para acercar esta información a la población, en espacios abiertos de debate, no se conoce de qué reformas se trata y quiénes las están elaborando.

En ese marco, es responsabilidad exclusiva de la Asamblea Legislativa y el Gobierno Nacional generar credibilidad en la población sobre el mecanismo de selección que logren tras los ajustes normativos. Éste debe sopesar el mérito de los candidatos y no las predilecciones, prejuicios o discriminación. La mayor o menos capacidad de los elegidos marcará el nivel de independencia de las instituciones del Sistema de Justicia y los avances en un proceso legítimo y democrático de institucionalización, por ejemplo, de la carrera judicial y el régimen disciplinario de jueces y fiscales.

3. Sobre la participación de los Órganos del Estado, de la población y otros actores relevantes, en el actual proceso, ¿tiene una evaluación?

Resulta prematuro adelantar juicios de valor, pero sí puedo decir que los Órgano del Estado tienen la obligación de cumplir la ley y en ese marco es necesario democratizar las elecciones judiciales. Deben establecer reglas que aseguren la equidad electoral, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, ya que a través de su ejercicio la población puede acceder a información de las distintas propuestas de los candidatos sus aptitudes y capacidades. Un proceso democrático de elección implica que todos puedan cuestionar e indagar sobre la capacidad e idoneidad de los candidatos, disentir y confrontar sus propuestas, ideas y opiniones. Es derecho de los electores formar su criterio para votar y de los Órganos del Estado su obligación proveer la suficiente información para que ese voto sea informado. La población debe dejar la pasividad que la caracteriza y ser actor relevante, porque sólo de ese modo se restará espacio al predominio gubernamental que caracterizará -nuevamente- este proceso. Las organizaciones sociales, me refiero a las que respaldan el proceso de cambio, tienen la oportunidad de enmendar el error de la elección anterior.

4. ¿Cómo mejorar la elección próxima, considerando el contexto de país y el predominio en la agenda judicial del Gobierno?

A Bolivia le conviene tener elecciones judiciales con mecanismos públicos, trasparentes, participativos, incluyentes orientados a identificar el mérito y la capacidad profesional de los candidatos, y que aseguren condiciones de igualdad y no discriminación, especialmente entre hombre y mujeres; en orden a los estándares internacionales existentes para la selección de miembros de “altas cortes”. Estos estándares deberían formar parte del Reglamento de Preselección que será utilizado por la Asamblea Legislativa Plurinacional para identificar a los mejores candidatos. Si el Gobierno se aparta del cumplimiento de estos elementos estará negando la posibilidad de tener autoridades judiciales independientes y aceptando que es parte de su agenda controlar las instituciones judiciales.

5. A la luz de lo anterior, ¿cuáles serían las precondiciones para tener una mejor elección?

El Reglamento de Preselección de candidatos debe necesariamente considerar: 1) Los requisitos mínimos para acceder al cargo (tanto generales como específicos) deben ser claros y objetivos, y no ser susceptibles de interpretación, 2) El mecanismo de selección debe estar basado en el mérito y no predilecciones, prejuicios o discriminación; pero sobre todo generar confianza en la población. 3) El proceso de selección debe ser público y transparente en todas sus etapas. 4) La realización de audiencias con los candidatos debe estar orientada a evaluar sus capacidades. 5) El proceso de selección debe incluir mecanismos de participación de la sociedad civil. 6) debe regularse un perfil que describa las cualidades y aptitudes que se espera de los/as futuros/as magistrados/as e integrantes de las “altas cortes”. 7) La instancia técnica de calificación de méritos debe ser autónoma, distinta de las entidades políticas encargadas de la pre-selección.

6. Las capacidades de los candidatos, ¿qué importancia tiene? ¿Cómo evaluarlos?

El perfil de la autoridad a elegir debe estar predefinido. Éste perfil debe considerar la honorabilidad, la independencia, el conocimiento legal sobresaliente, la experiencia y la trayectoria vinculada al ejercicio del derecho, la transparencia en la actuación funcional, la experiencia en gestión y gobierno así como el compromiso con la protección de los derechos humanos, el Estado de Derecho y los valores democráticos. Además, es importante la experiencia en procuración, manejo y administración de recursos humanos y financieros y el temperamento y las habilidades personales.

7. ¿Qué aspectos deberían tener en cuenta los órganos del Estado, a fin de que la próxima elección ayude a sentar bases para una reforma judicial?

La agenda de la reforma judicial en Bolivia será prioridad o no en función de quiénes resulten electos en la próxima elección judicial. Si no contamos con magistrados y consejeros fuertes, con liderazgo y con legitimidad, tendremos otro periodo de parálisis institucional judicial, por la incapacidad de promover y presentar al país una propuesta de reforma integral al Sistema de Justicia, y será la población en situación de vulnerabilidad la más afectada. El Gobierno, me refiero al Ejecutivo y Legislativo, debería comprender que si no contamos con una genuina reforma judicial su proceso fracasará y que de ello hay cada vez mayor comprensión social.

8. Para concluir, ¿tiene alguna recomendación a los que están pensando en postular en la próxima elección judicial?

La responsabilidad en sus actos y que piensen más en Bolivia que en sus intereses personales o de los grupos que los respaldan si es que el propósito es instrumentalizar las instituciones judiciales para atender agendas ocultas. Que sean conscientes de que algún día recaerá sobre ellos responsabilidades funcionales, por el derecho que tiene el Estado de repetición ante excesos y errores judiciales. Visto desde el ángulo positivo, de efectivo compromiso con la función judicial, cabría felicitarlos porque tendrían la oportunidad de aportar a la construcción del modelo integrado de justicia plural; que la constitución reconoce a los bolivianos y bolivianas.


Eddie Cóndor Chuquiruna, especialista en reforma judicial (http://www.construyamosjusticia.blogspot.com/).

miércoles, 29 de marzo de 2017

La corrupción acosa a América Latina

Publicado en:
Semanario Expresión de Chiclayo (Perú)


La corrupción en América Latina es un cáncer que sigue haciendo metástasis. Son varios los jefes de Estado y centenares los ministros que, en las últimas dos décadas, han sido objeto de investigación por supuesta comisión de diversos delitos. Cada año son más reveladores los movimientos ocultos detrás de los fondos del Estado de “altos servidores” estatales, en Brasil, Argentina, Venezuela, Colombia, Ecuador, Bolivia, Chile, México, Guatemala, Honduras, Paraguay y Haití. El alcance de la megacorrupción de Odebrecht, por ejemplo, llega a Estados Unidos e, incluso, África.

La mayoría de los casos seguidos han tenido que ver con tráfico de influencias y lavado de activos. Éstos han tenido efectos importantes en la política de cada país, al punto de producir la debacle de Gabinetes y de Presidentes como Alberto Fujimori, Dilma Rousseff y Otto Pérez Molina. En la última semana es el ex presidente peruano Alejandro Toledo (otro caído por Odebrecht), hace noticia, pues pesa sobre él orden de captura internacional para que cumpla la decisión judicial de prisión preventiva de 18 meses, mientras es procesado.

Pero, ¿acaso el centralismo imperante impide ver a los latinoamericanos que la corrupción no sólo campea en sus ciudades capitales y en las altas esferas sino también en los municipios, provincias y en los departamentos o regiones? ¿Un acto de corrupción que involucra la pérdida de 3,000 soles, pesos o dólares es tan minucia que no merece mayor atención? No por su ubicación y sus montos estos casos son menos trascendentes; lo que interesa no es el monto apropiado sino la descomposición del poder político y burocrático y la tolerancia social a la corrupción en nuestros países.

Casos como Lava Jato, Odebrecht, Caval, Petrobras, “Dólar Futuro”, "Panama Papers", “petroaudios”, Pdvsa, Fondo Indígena, CAMC y otros ocupan espacios en la prensa nacional e internacional y como en el sistemático desfalco en la mayoría de los Municipios y Gobernaciones, debieran tener un impacto inmediato de responsabilidad política, judicial y social. No obstante, esto no ocurre debido al declive de la institución contralora, de fiscalización y la inexistencia de una ciudadanía activa.

Aunque se han desarrollado investigaciones, en cada caso, no conocemos el núcleo ético de las gestiones de los respectivos gobiernos nacionales, departamentales y provinciales, en la medida que sus actitudes no se han ajustado a las de servidores que combaten la corrupción; por el contrario, se ha apreciado empeño en “tapar los casos”, obstruyendo y ocultando información. Peor aún, muchos han terminado enjuiciando a la prensa o a los que denunciaron. Sus enemigos no son el entorno corrupto, los saqueadores del Estado o los traidores del pueblo sino aquellos que investigan y buscan la verdad. Olvidan que la prensa tiene como una de sus funciones esenciales descubrir los manejos a la sombra, colocarlos a la luz de la opinión pública y opinar sobre ellos.

En esa perspectiva son los sistemas de Justicia, que comprenden a los Poderes Judiciales y Ministerios Públicos, los que no deben optar por la mordaza o la pasividad, y basar sus decisiones en coherencia con su función de “hacer justicia” y con la colaboración del periodismo: que trabajan por la verdad y el control al poder.

martes, 3 de enero de 2017

El cómo retomar la reforma judicial

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En Bolivia se han planteado diversas vías para la reforma judicial. Por un lado, la trasformación a partir de las iniciativas del Ejecutivo y el Legislativo; lo que ha derivado en una injerencia inadecuada dentro de la democracia. La otra vía ha sido la promovida por los jueces, que no ha funcionado porque serían los actores modificando sus propias pautas de acuerdo a sus intereses y nunca contra ellos. Ambas vías no han sido fluidas y eficientes lo que motiva repensar el cómo retomar la agenda de la reforma judicial, tras el predecible fracaso de la Cumbre Nacional de Justicia Plural.

Existe, no obstante, una tercera vía, que no supone invasiones institucionales ni sesgos interesados, es la que se sustenta en la participación ciudadana técnica, especializada y con visión de país. Es la sociedad civil independiente y los ciudadanos creando corrientes de opinión y tendencias al cambio en temas concretos de la realidad judicial, instituciones judiciales funcionando como Sistema, con equipos interdisciplinarios específicos, abiertas y apropiándose de esas propuestas, un Ejecutivo que las respalde y financie y un Legislativo que las viabilice por medio de un marco jurídico consensuado y coherente con la Constitución.


La reforma judicial no puede esperar más. Vivimos tiempos de inercia funcional, porque nada ha cambiado desde junio de 2016, y seguimos en un contexto de cada vez mayor predominio de los órganos políticos frente a un Órgano Judicial día a día más debilitado por factores internos antes que externos. A partir de allí el criterio es que los jueces lideren la reforma judicial, pero con las pautas que les puedan proveer la sociedad civil, los administradores y los operadores del Sistema (abogados, litigantes, estudiantes de Derecho, Facultades de Derecho, etc).


Éste reto mayor es posible, y con éxito, si los concernidos reconocen que similar crisis estructural al de la “justicia” tienen, entre otros ámbitos, la universidad pública y los abogados y desarrollan, en orden a su mandato constitucional y legal, acciones de corto mediano y largo plazo que transformen esas situaciones críticas, que hoy las caracterizan. No existe reforma judicial exitosa que no haya sido convocante de estos sectores.


En esa medida, desde una perspectiva de -real- construcción y fomento de institucionalidad democrática, no ayuda endosar toda la responsabilidad de la crisis estructural de la justicia a los jueces. La tendencia, en países con democracias insuficientes, es que los políticos en gobierno y otros sectores de poder busquen aquello, por lo que resulta peligroso para la gobernabilidad que los jueces sigan perdiendo credibilidad y que el respaldo social del que deben gozar se vaya trocando en rechazo y desconfianza generalizada. Éste es caldo de cultivo para acentuar formas de injerencia. 


Los gobernantes democráticos no deben temer a la autonomía judicial y percibirla como un recorte de su poder. Un gobernante con lógica democrática no promueve reformas judiciales cosméticas sino reformas integrales con enfoques de política pública, progresivos, eficientes y con legitimidad.

Proteger al Órgano Judicial de cualquier presión pasa por generar un ámbito de participación ciudadana que transforme -haciendo-, cree y afiance mecanismos de control social de la Justicia. Pasa también por propiciar el liderazgo judicial en su propio proceso de reforma con la fuerza legitimadora, la cual sólo la puede dar la contribución de la sociedad civil y la validación social durante su transcurso. Los órganos políticos deben autolimitarse en sus contribuciones.

jueves, 29 de septiembre de 2016

Sin carrera judicial no habrá independencia judicial en Bolivia

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La Constitución Política del Estado (art. 178-II) establece que la garantía de la independencia judicial se sustenta en la autonomía presupuestaria y la carrera judicial.

La autonomía presupuestaria, que debería ser objeto de referéndum constitucional, se materializaría en el otorgamiento de un porcentaje –fijo– del presupuesto general del Estado, suficiente que viabilice los distintos servicios de justicia, sin tener que depender de Gobierno alguno; que permita atender sus gastos recurrentes, operativos, de funcionamiento, inversiones conforme a su presupuesto y por otra parte, la institucionalización de todos los cargos judiciales.

La carrera judicial, que aún no tiene rostro propio, garantizaría la continuidad y permanencia en el cargo de jueza o juez, en tanto demuestren idoneidad profesional y ética, a través de mecanismos de evaluación coherentes con la Constitución y los estándares del derecho internacional de los derechos humanos. En la medida que la carrera judicial no alcanza a las altas autoridades del Órgano Judicial, que son elegidas en voto directo, y tampoco a los vocales que integran los tribunales departamentales de justicia, que acceden a la función jurisdiccional a través de convocatorias públicas, sus procesos deberían aplicar mecanismos de preselección y selección, a través de concursos de méritos y exámenes de competencia, para garantizar que los postulantes más meritorios accedan a estos cargos.

En esa línea, los órganos correspondientes deberían garantizar el ejercicio independiente de la función judicial, instituyendo mecanismos que posibiliten que la jueza o el juez, ejerzan sus funciones lo más apartado posible de las presiones. El poder político debería ser el primero en abstenerse de cualquier intención de influir directa o indirectamente en la labor de los administradores de justicia, que puede llegar a constituirse en el referente a seguir por los demás grupos de poder. Por otra parte, la presión mediática, también debe dejar de ser el medio encubierto para ejercitar presión para direccionar el proceso y obtener los fallos parcializados.

Según normativa, la función de jueza y juez está sujeta a la carrera judicial. La nueva carrera judicial, aplicable a las juezas y jueces, comprende tres subsistemas, el primer subsistema regula el ingreso, es decir la forma de acceder a la carrera a través de las dos fases, mediante la Escuela de Jueces del Estado y el concurso de méritos y exámenes de competencia; el segundo subsistema, de evaluación y permanencia, mediante la aplicación de evaluaciones periódicas y permanentes; y el tercer subsistema, de capacitación, que contiene la formación y la actualización permanente.

En ese marco, la implementación de la carrera judicial, una vez que ha sido definida la transitoriedad de todos los cargos en el Órgano Judicial por el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la Sentencia Constitucional Plurinacional 0499/2016-S2, debe sujetarse al Reglamento de la Carrera Judicial, que regula las dos formas de acceder a la carrera y debe ser entendida como el pilar fundamental para garantizar la independencia en el ejercicio de la función de impartir justicia, puesto que por una parte se procura dotar de los recursos humanos más idóneos para impartir justicia, donde prime la meritocracia, y por otra, una vez que se ingresa a la carrera, su continuidad y permanencia sólo puede depender de su desempeño, demostrando idoneidad y ética, para lo cual se aplicarán evaluaciones permanentes y periódicas, comparando el desempeño con lo planificado en términos de idoneidad y eficiencia.

En esa perspectiva, el diseño y aplicación de la carrera judicial debería garantizar la independencia de las juezas y los jueces en el ejercicio de sus respectivos cargos, de tal forma que su ingreso sea producto de su capacidad y competencia para su función, entendiéndose como la aplicación de la meritocracia, su continuidad y permanencia en el cargo, sujeto a evaluación de desempeño, complementado con la capacitación y actualización, procesos y procedimientos que deben estar debidamente reglamentados, sin dejar de considerar los elementos adicionales, como la promoción, y traslados, permutas, suspensiones y destituciones del cargo.

La institucionalización de los cargos de juezas y jueces depende ahora de voluntad política de las autoridades judiciales electas por sufragio popular, que deben garantizar trasparencia de los procesos de preselección, selección y designación de los postulantes juezas y jueces, en el marco de la nueva carrera judicial, como primer paso para concretar la independencia judicial.

Cuando lleguemos al ideal del mérito y la excelencia, la justicia será lo que siempre hemos anhelado, el reducto firme y cabal de la defensa de los derechos de aquellos que hoy no confían en ella. Que así sea.

sábado, 16 de abril de 2016

La reforma judicial no es patrimonio de un Gobierno


Tenía previsto no opinar más, al menos por el momento, sobre la ruta crítica que debe transitar la justicia boliviana, para iniciar su reforma, desde una perspectiva de política pública. No obstante, debido a los últimos sucesos, que dan cuenta de una propuesta del Órgano Judicial (OJ), tras su Precumbre, y de las reacciones antidemocráticas de la Ministra de Justicia, otros interlocutores del Gobierno y hasta algunos generadores de opinión, resulta irresponsable no pronunciarse por la identidad, compromiso y trabajo de décadas en la materia.

Y más allá de la forma en que fueron elegidas y el perfil de las autoridades que han gobernado a las instituciones de justicia en los últimos años, lo que ha caracterizado su relación entre ellas y con la población, es la primera vez, en los últimos diez años, que el OJ, liderado por su Presidente, gracias a la cooperación de la Unión Europea, realiza el ejercicio de discutir pluralmente su situación y plantea con firmeza al país, una propuesta.

Horas después tirios y troyanos enfilan sus baterías para descalificarlos; exhibiendo un supino desconocimiento de datos y cifras que –vistos de modo coherente en orden a lo que es un Sistema de Justicia– niegan la posibilidad de que el OJ posicione sus propuestas y avance hacia su independencia. No los entiendo, sobre todo a los que critican con sesgo y mezquindad, haciendo comparsa al discurso predominante, pese a haber tenido gestión y gobierno en instituciones judiciales, en décadas pasadas.

¿No es acaso una tarea pendiente en el país consolidar la autonomía judicial y la independencia de los jueces? Sin estos presupuestos, ¿en Brasil habría un Tribunal que esté investigando al ex presidente Lula?, ¿en Colombia la Corte Constitucional le hubiese negado a Álvaro Uribe la opción de ser reelegido presidente?, ¿o en Perú la Corte Suprema, en un proceso impecable, hubiese dispuesto el encarcelamiento (por 25 años) de Alberto Fujimori, por violación a derechos humanos?

Soy de los que cree en las propuestas formuladas por el OJ, sobre todo en materia económica, por ser precondición para su autonomía institucional y aquellas que suman al desarrollo del pluralismo jurídico. No habrá reforma judicial con un presupuesto reducido al 0.56%, cuando en propaganda estatal se gasta cuatro o cinco veces más. La justicia jamás será accesible si es que jueces, fiscales y defensores de oficio existen en menos de la mitad de municipios del país. La mora judicial no desaparecerá si para 10,5 millones de habitantes (con crecimiento de 3% anual) hay apenas 1006 jueces y si en los tribunales del país anualmente se atienden más de 810 mil casos. Los procesos judiciales seguirán siendo enmarañados y demorados si es que el Órgano Legislativo no cumple su función –ya aplazada por años– de dictar un marco jurídico coherente con el mandato constitucional y el Derecho Internacional de los DDHH; pero sobre todo coordinado con el Ejecutivo para asegurar su implementación y respetando al Judicial. Puedo seguir enunciando realidades que se ignoran deliberadamente, por lo que igual o mayor responsabilidad tienen de la crisis judicial los Órganos Ejecutivo y Legislativo. Así, una Cumbre Nacional de Justicia resulta innecesaria, porque no exhibe una real voluntad política de dar independencia ni recursos económicos y legales a la justicia. Ya el OJ hizo mea culpa en la Precumbre y está dispuesto a trabajar coordinadamente con los demás Órganos del Estado. El reto está planteado y el país debe saberlo.

En esa perspectiva, la Ministra de Justicia y su equipo cometen el grave error de seguir excluyendo, descalificando e irrogándose la titularidad y exclusividad de propuestas de cara a mejorar la justicia. Han tenido diez años para hacerlo. Están perdiendo la perspectiva de proceso plural y de consenso, que conlleva una reforma judicial; la que por cierto, además, deberá estar respaldada por las instituciones de sociedad civil independientes, con opinión, propuesta y apoyo crítico, una cooperación internacional desconcentrada y ampliada y medios de comunicación responsables. No se le puede seguir negando al pueblo de Bolivia, con un doble discurso, la posibilidad de tener una justicia democrática.

sábado, 6 de febrero de 2016

Una reforma integral al Sistema de Justicia conviene a todos


A nadie conviene la situación de crisis del Órgano Judicial: ni a los ciudadanos ni al propio Gobierno, que hoy enfrenta un desgaste sin precedentes por haber enarbolado la bandera de una “revolución judicial” que no llega, pese a tener diez años en el poder. La corrupción y la impunidad, algunas de las señas de falta de independencia en la función generada por malos servidores de justicia, han anulado diversos ámbitos de las instituciones del sistema de justicia en un contexto en el que los tribunales deberían garantizar los derechos humanos de los bolivianos y las bolivianas y ser contrapeso al ejercicio del poder político. Con tribunales independientes, emergentes de un proceso convocante y transparente de reforma judicial, el país gana.

La separación de poderes y respeto entre los mismos asegura el poder y la legitimidad de un gobernante. En esa línea, le conviene al gobierno del señor Morales Ayma, desarrollar la institucionalidad judicial en orden al mandato constitucional, para evitar un mayor aislamiento y desgaste social. No reponer la función real del sistema de pesos y contrapesos, que ofrece el Sistema de Justicia equivale a socavar el estado de Derecho, derruir la división de poderes y afectar el sistema democrático.

La situación es más grave si es que con la denominada “Cumbre Judicial” se busca ganar votos y ampliar márgenes de maniobra para luego “despedir” a las actuales autoridades; cuando lo sensato, para hacer creíble el mea culpa gubernamental respecto a la crisis judicial, es que concluyan su mandato y el 16 y 17 de abril lo reorienten como el inicio de un proceso de diálogo nacional por una reforma integral del sistema de justicia. Un proceso participativo de corto, mediano y largo plazo, con financiamiento asegurado, menos protagonismo mediático de sectores del Gobierno, con visión de país, actitud responsable del Legislativo, mirada técnica en su implementación y con liderazgos visibles y de consenso social en las instituciones de los órganos judicial y ejecutivo. Un proceso –insistimos– que trasunte gobiernos, con dimensión y enfoque de política pública, a fin de evitar “borrón y cuenta nueva” de quién ostente el poder.

Sin una mínima apertura a acuerdos entre los Órganos del Estado y Sociedad Civil, para recomponer la institucionalidad judicial, todos pierden: pierde el Gobierno, pierde el Legislativo y pierden las instituciones judiciales, las organizaciones sociales, las instituciones y los ciudadanos, todos desprovistos del único marco que les da seguridad y garantías.

Una genuina reforma judicial es tarea de los “sectores vivos” de un país. No es patrimonio de un gobierno. Esta tarea requiere el concurso de todos, pues la independencia de poderes es una garantía del Estado de Derecho contenida en los tratados internacionales, en el constitucionalismo histórico y reciente y en el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana. Mal haría el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera en seguir la vía equivocada de no escuchar a la “masa crítica” y profundizar en el intento de capturar toda la hegemonía. Ningún gobierno puede asumir una legitimidad democrática que el Derecho y la propia realidad empiezan a contrastar y contradecir.

viernes, 2 de octubre de 2015

¿Qué implica una política en justicia?


No cabe duda que las iniciativas exitosas de reforma judicial en América Latina, con impacto positivo en la justicia y su conducción, han pasado por un proceso participativo, plural, inclusivo, progresivo, con una acción integral del Estado, bien articulada y en busca de un objetivo común.

En Bolivia, ese objetivo común está -en gran medida- determinado por la Constitución Política del Estado de 2009. Esto es, lograr una única justicia integral, con órganos paritarios, que brindan un servicio público de justicia a ciudadanos y ciudadanas, caracterizada por su independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos.

En ese sentido, hemos venido planteando analizar y realizar prospectiva respecto a la justicia y la implementación de aquel mandato constitucional, desde un enfoque de política pública; término que alude al conjunto de decisiones o de acciones coherentes, tomadas por las instancias gubernamentales en sus distintos niveles, la sociedad civil y las entidades privadas, a fin de resolver el problema de la crisis judicial, que tiene como una de sus principales causas la falta de una genuina reforma judicial en sus últimas décadas de vida independiente.

Entonces, tener una reforma judicial desde el enfoque de política pública, implica construir una política de Estado en justicia, un proceso de corto, mediano y largo plazo, en el que un análisis permanente de las interacciones entre actores públicos y privados, un análisis en términos de problemas públicos y un análisis comparativo con otros servicios, nos lleven a establecer estructuralmente las fases de toma de decisiones y a la definición de procedimientos para atender las diferentes expresiones de la crisis judicial.

"Agendación" es la primera fase y en la medida que la crisis judicial está incorporada en la agenda nacional como un "problema público", corresponde promover que la decisión gubernamental de reformar la justicia se traduzca en compromisos concretos y liderazgos visibles, lo que ayudaría al inicio del proceso esperado.

"Programación" es la segunda fase que implica la ponderación de las bases jurídicas dictadas y los objetivos definidos, los instrumentos de intervención y las modalidades operativas de la acción estatal. Este es un momento en el que también sociedad civil puede aportar y, en ese sentido, la Plataforma Ciudadana por el Acceso a la Justicia y los Derechos Humanos, tiene un papel importante por cumplir; desde una perspectiva de monitoreo o acompañamiento ciudadano al proceso y, por qué no, de apoyo crítico.

"Implementación" es la tercera fase y permite evaluar el conjunto de procesos que, tras la programación, buscan la realización concreta de los objetivos planteados, en base a las competencias, procedimientos y recursos programados. Este último elemento (en su variable económica) es crucial para avanzar en el proceso, en la medida que sin recursos sería inviable la consolidación de cualquier política pública.

"Evaluación" es la cuarta fase y en ella se valoran los resultados y efectos de la intervención pública. Alcanza inclusive cambios de conducta de los grupos-objetivo, o del grado de resolución del problema social identificado.

Apreciamos entonces que, en cada una de estas fases, resultan claves los actores intervinientes, los recursos asignados, las reglas institucionales que regulan sus actos, así como el contenido del problema a solucionar. De ese modo, cada medida o producto que se genere en el curso de una política pública expresará intereses, posiciones, obstáculos y oportunidades, todos "negociables" si la acción del Estado es integral, que implica una agendación y evaluación política pero una programación e implementación eminentemente técnica.

Queda entonces, a la luz de estos elementos, revisar el proceso de cambios judiciales que tenemos en Bolivia y reorientarlo hacia una política pública en justicia, una que trascienda gobiernos y que se construya con el aporte de todos y todas.

sábado, 18 de julio de 2015

Elementos que hacen “integral” una reforma al sistema de justicia

Publicado en:

Correo del Sur
La Razón

Pese a la necesidad de promover una reforma integral del sistema de justicia, el Ejecutivo y el Legislativo insisten en su idea de superar la crisis judicial con las propuestas que emerjan de la “cumbre judicial”. La Universidad sigue ausente, al igual que la masa crítica de las ONGs independientes. Ignoramos si algún Colegio de Profesionales tiene propuestas presentadas e incluidas. Desconocemos los alcances de las propuestas que estarían haciendo las “organizaciones sociales”, porque el Ministerio de Justicia viene gestionando la “cumbre” con antidemocrático hermetismo. En esa línea, el Órgano Judicial no ha respondido a las críticas que pesan sobre él por su débil situación; el Tribunal Constitucional ha mantenido un perfil bajo; la Fiscalía, en respaldo al Ejecutivo y Legislativo, hizo una propuesta de diez puntos, y ningún medio de comunicación “se ha ganado el pleito” de apoyar este proceso, con responsabilidad, compromiso y proactividad.

Por estas razones y en la línea de seguir aportando, comparto algunos elementos que han concurrido, en experiencias exitosas de reforma, con el fin de mostrar qué implica una reforma judicial.

Real voluntad política del Ejecutivo: Se debe plasmar en acciones concretas la voluntad política del Órgano Ejecutivo de reformar la Justicia. Tendrán entonces los portavoces gubernamentales que sincerar su discurso y generar condiciones reales para el inicio de un proceso (ojo… un proceso) en el que el “ganador” sea el Órgano Judicial y con él los bolivianos y las bolivianas. Esta voluntad política debe implicar capacidad de convocatoria y acuerdo a nivel de la llamada “clase política”; porque una reforma judicial no es patrimonio de un Gobierno, es de un Estado, y, en consecuencia, debe trascender gobiernos, ser progresiva y tener un carácter prioritario en la agenda de Estado.

Conducta responsable y coherente del Legislativo: Resulta incoherente que el Legislativo le exija al Judicial que brinde un servicio óptimo y oportuno, con un marco jurídico insuficiente, inadecuado, contradictorio y –en algunas materias– obsoleto; considerando los nuevos paradigmas constitucionales de la función judicial. En ese sentido, el Legislativo debería asumir su responsabilidad y cumplir con el mandato constitucional y legal, de generar leyes y códigos que hagan viable la justicia plural. ¿Cuántos años han transcurrido desde que está vigente la Disposición Transitoria Tercera de la Ley del Órgano Judicial, que reconoce que "se establece un proceso de transición máximo de dos años para que los distintos códigos que rigen la administración de justicia sean modificados para adecuarse a esta Ley y sean aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional"? Entonces, ¿cuál es su aporte y compromiso con la reforma judicial, porque cuántos de los llamados “Códigos Morales” están vigentes? Y, cuidado que cambiando a las altas autoridades, la crisis judicial se acentuará. Lo sensato sería dejar que concluyan su mandado y en ese tiempo sentar las bases para una genuina reforma judicial.

Carácter técnico, inclusivo y de consenso de los componentes de la reforma y su implementación: Si el actor predominante es el Ministerio de Justicia y si todos y todas demandan una reforma judicial, deberían no solo generar mecanismos para canalizar las propuestas; sino promover espacios plurales para lograr consensos, que apunten a un acuerdo nacional sobre la reforma integral al Sistema de Justicia. El abordaje de esta agenda, debería ser técnico, sobre todo en el proceso de implementación, porque si bien el apoyo político es fundamental, éste debe estar limitado para evitar distorsiones del proceso. La elección de las “altas autoridades judiciales”, resulta ejemplificadora.

Enfoque de política pública o política de Estado: Este elemento es sustancial y hay que exigirlo. El enfoque de política pública alude al conjunto de decisiones o de acciones coherentes, tomadas –en el tiempo– por diferentes actores estatales y no estatales, cuyos recursos, nexos institucionales e intereses varían, a fin de resolver un problema colectivo, que en Bolivia es cada vez más crítico: la vulneración de derechos en los tribunales de justicia. En este marco, resulta ineludible reiterar nuestra recomendación de no sustituir este enfoque, que implica un proceso, por la denominada “cumbre judicial”, que pese a su influjo mediático, no deja de ser una actividad gubernamental y momentánea.

Si la apuesta es una auténtica reforma judicial, la “cumbre judicial” debería ser el inicio de aquel proceso plural de un año. Las iniciativas de reforma que se generen deberían tener un impacto positivo en la justicia y su conducción. En ese sentido, la acción del Estado debería ser integral y estar articulada coherentemente, promoviendo un objetivo común aunque con objetivos específicos, siguiendo los mandatos de la actual Constitución. Esta política de Estado, entonces, debería agotar cuatro fases: la elaboración de la agenda, la programación, la implementación y la evaluación del grado de resolución del problema que simboliza hoy la justicia; tal como lo hicieron Costa Rica, Chile y en menor medida Perú y otros países latinoamericanos en pro de una justicia justa.

jueves, 4 de junio de 2015

Una “Cumbre Judicial” no define la reforma de la Justicia que Bolivia necesita

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Han transcurrido cinco años, desde que la Constitución de 2009 generó nuevos retos al Sistema de Justicia boliviano, y las estadísticas judiciales, los informes de Derechos Humanos (de organismos internacionales con carácter vinculante y otros), los informes del Defensor del Pueblo, las críticas generadas por la demanda ciudadana de justicia y, en general, la coyuntura, reprueban lo realizado y plantea un interrogante: ¿realmente asistimos a una reforma judicial o ésta no se ha iniciado?

Existe una demanda general de reforma judicial, pero falta generar consensos y un abordaje responsable, que pasa por dejar de lado los discursos o hacer eco de ellos y trabajar -técnicamente- para construir el servicio de justicia que la Constitución les reconoce a los bolivianos. Para lograrlo, sería necesario articular una coalición de instituciones de composición plural que promuevan acuerdos y hagan seguimiento, de ser posible con carácter vinculante, a las acciones que se determinen como ineludibles para reformar la Justicia.

En ese orden de ideas, urge plasmar en acciones concretas la voluntad política de reformar la Justicia de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Un acuerdo nacional sobre la reforma integral al Sistema de Justicia, sería un instrumento idóneo. Habría entonces que alejar el proceso de los intereses políticos y dejar su implementación en manos técnicas.

Estamos sugiriendo iniciar un proceso, que debe trasuntar gobiernos, desde un enfoque de política pública que, como sabemos, alude al conjunto de decisiones o de acciones coherentes, tomadas por diferentes actores públicos y a veces no públicos, cuyos recursos, nexos institucionales e intereses varían, a fin de resolver un problema colectivo que en Bolivia es un tema sensible: el respeto de los derechos humanos en los tribunales de justicia.

En este marco, la actividad que el presidente Morales ha llamado “Cumbre Judicial” representa una oportunidad inmejorable, si el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, asume técnicamente su conducción, replantea su enfoque y coloca a esta actividad como el inicio de un proceso plural, convocante y no excluyente, de no menos de doce meses, dividido en etapas: Un primer paso consistiría en generar un proceso amplio de consulta nacional de cinco meses, basado en un diálogo de saberes, experiencias y propuestas, en un orden temático, lógico, de iguales, e integral, en los nueve departamentos. En un segundo momento se trabajaría la sistematización de las propuestas departamentales, en la perspectiva de lograr, en los siguientes dos meses, una propuesta nacional para la reforma integral al Sistema de Justicia en Bolivia, la que sería presentada a los delegados institucionales de los nueve departamentos, con el fin de retroalimentar la propuesta durante el octavo mes. Un tercer escenario, durante el noveno, décimo y décimo primer mes, sería el de validación, por parte del pleno de los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de la propuesta nacional de reforma al Sistema de Justicia en Bolivia. Un cuarto paso, en el décimo segundo mes, contemplaría la presentación, en un foro nacional, de la propuesta nacional para la reforma integral al Sistema de Justicia en Bolivia, con la participación de quienes intervinieron en el proceso, además de las autoridades de los cuatro Órganos del Estado y las fuerzas políticas (partidos, agrupaciones, movimientos, etc.) del país.

Las iniciativas de reforma que se generen, durante estos doce meses, deberían tener un impacto positivo en la justicia y su conducción. En ese sentido, la acción del Estado debería ser integral y estar articulada coherentemente, promoviendo un objetivo común aunque con objetivos específicos, que en gran medida han sido determinados por la actual Constitución: una única justicia sistémica, con órganos paritarios, que brinden una prestación pública de justicia a ciudadanos y ciudadanas, caracterizada por su independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos. Estamos planteando cuatro fases o dimensiones de trabajo, que no necesariamente son consecutivas, pero sí interdependientes: 1) la elaboración de la agenda, 2) la programación, 3) la implementación y 4) la evaluación del grado de resolución del problema que simboliza hoy la justicia.

Por lo expresado, la “Cumbre Judicial”, como se viene gestando, no define la reforma de la Justicia que Bolivia necesita, pero sí puede ser un buen inicio, en la medida que abonaría al desarrollo y contenido de la primera y segunda fase de una política pública, una política del Estado Plurinacional de Bolivia en materia de justicia; si el objetivo es contribuir a la construcción de un sistema democrático y una genuina gobernabilidad del país.

lunes, 5 de enero de 2015

Presidente Morales: trabajemos hacia una reforma integral del Sistema de Justicia

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Los tiempos
CAJ

Todo indica que ningún Gobierno, en la historia de Bolivia, apostó -verdaderamente- por construir una política pública en justicia. Un paquete de medidas orgánicas, programáticas en sus planos legislativo y económico, que trascienda gobiernos y que, además de consensos y liderazgos visibles, siente las bases para una verdadera reforma integral del Sistema de Justicia. Lo que encontramos son iniciativas aisladas, coyunturales y mediáticas, de escaso contenido técnico y con alta dosis de injerencia política.

Así, el proceso actual, exhibe lentitud en el desarrollo legal del marco jurídico constitucional y falta de voluntad política, del Ejecutivo y Legislativo, en reformar leyes incoherentes con el diseño de una justicia plural. La Ley 73, Ley de Deslinde Jurisdiccional, es un ejemplo. El Sistema de Justicia, sigue operando con gran parte de las estructuras del llamado “antiguo Sistema”; producto de la dilación del Legislativo en la aprobación y promulgación de normativa elemental para la implementación de nuevo diseño de justicia. El Código procedimental de la Jurisdicción Agroambiental, sirve como referencia de estas afirmaciones.

Se sigue viviendo en una Bolivia que es, esencialmente, producto de una prédica ideológica de reforma política y moral del país, basada, entre otros aspectos, en la interculturalidad y el pluralismo; que en materia de justicia, a casi cinco años de la nueva Constitución, no ha logrado superar el enorme rechazo y decepción que existe por la administración de justicia. Se aprecia que la llamada “revolución judicial”, pese al mediático y apabullante protagonismo gubernamental, desde su inicio, sigue siendo una “suma de buenas intenciones”.

No es posible implementar el nuevo diseño de justicia plural, ambicioso e inédito, con un presupuesto disminuido de tres, a menos del uno por ciento, entre los años 2000 al 2014. Miremos cómo Chile, desde el año 1995, ha invertido en su reforma judicial, en los últimos 15 años, miles de millones de dólares, adicionales a su presupuesto anual; y ahora exhibe resultados, aun perfectibles, pero tangibles y constatables en sus niveles de acceso ciudadano a la justicia.

Por ello, mientras no haya un liderazgo claro del Órgano Ejecutivo o del Órgano Judicial, en las acciones emprendidas, el “¿quién dirige la reforma?”; mientras no se ponga en vigencia el marco jurídico necesario -el que la Constitución manda- y mientras no se destinen los recursos económicos que pongan a operar el nuevo andamiaje institucional, (por la voluntad política y el consenso), y mientras no se incluya al mejor recurso humano para la labor jurisdiccional, de gestión y de gobierno del Órgano Judicial, resultará siempre demagógico hablar de reforma judicial.

Una verdadera política pública, en justicia u otra agenda nacional, inicia y agota etapas, trasciende gobiernos y encuentra sus bases en el cómo contribuir a la construcción de un sistema democrático y una genuina gobernabilidad de un país.

Es responsabilidad de un gobierno democrático, promover políticas públicas en ámbitos, donde se vulneran derechos, justicia por ejemplo; no hacerlo implica sumar al debilitamiento e intervencionismo del Sistema de Justicia, situación que debemos evitar. Presidente Morales, todo parte de allí.


domingo, 16 de febrero de 2014

Incompatibilidad ficticia

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La Ley del Órgano Judicial boliviano, en su artículo 22, establece que los funcionarios judiciales no pueden ejercer la docencia, y si lo hacen significa una renuncia tácita al cargo. Esta norma es una excepción inusitada en el marco de una legislación mundial que permite a parlamentarios y jueces, dentro de un régimen de exclusividad de la función, desempeñar tareas de docencia universitaria. La exclusividad absoluta se pretende para los jueces, mas no así para los parlamentarios y los miembros del Órgano Ejecutivo, que gozarían de una exclusividad relativa y, por tanto, no estarían impedidos de ejercer la cátedra universitaria ¿No es un caso de discriminación propiciada por la misma ley y en contravención del espíritu igualitario de la Constitución?

Desde entonces, muchos jueces bolivianos se han visto en la encrucijada de una alternativa desafortunada, la de elegir entre la Judicatura y la enseñanza. Cientos, miles, son los magistrados en el mundo que transmiten su teoría y sus experiencias como juzgadores en los claustros y que en Bolivia se ven forzados a elegir. Esta encrucijada resulta injusta en sustancia, especialmente para los universitarios, pues éstos podían aprender no solo la doctrina que proveen los libros y que los profesores transmiten; sino enriquecer su aprendizaje con la experiencia acumulada de los maestros, que comparten las andanzas de su propio trajín en los juzgados como un complemento práctico en su magisterio.

Esa norma, la Ley del Órgano Judicial, desconoce la concepción misma de la Universidad como centro de enseñanza de la teoría, pero también de la práctica profesional. Muchos de los estudiantes que aspiran a ejercer la judicatura, están perdiendo la oportunidad de sorber directamente del valioso conocimiento de los jueces maestros. Esta exclusividad absoluta y excesivamente categórica no concuerda con la amplitud e inclusión que se desprende del texto constitucional, en un marco de interculturalidad, pluralismo jurídico, participación y supuesta democracia real y abierta a todos.

Si era una práctica enriquecedora, si era el puente entre los estudiantes de Derecho y la Judicatura o si incidía en que los jueces adquirieran un mayor prestigio académico (lo que aporta al Órgano Judicial) importó poco al momento de elaborar la norma. Se sabe, incluso, que la vida académica es la que redondea el prestigio de un profesional del Derecho, tanto que un sector importante de los jueces, en este tiempo, han optado por la docencia. Señalemos, además, que los jueces aprenden y se actualizan con la cátedra y esta puede ser una oportunidad para que sean ellos los que introduzcan en las universidades los temas nuevos de la agenda política y del proceso actual, como el pluralismo jurídico, la interculturalidad y el aprendizaje recíproco de las prácticas de justicia y valores entre las comunidades diversas que componen Bolivia.

Si se consideraba que el tiempo dedicado a la enseñanza mermaba la calidad del trabajo jurisdiccional, pudo optarse por una limitación de horas y un reordenamiento de la actividad. La opción fue maximalista y todo maximalismo tiene su viso de irracionalidad y arbitrariedad. Conviene, por tal razón, que el Poder Ejecutivo y el Legislativo sean más plurales y se adecuen a las pautas de un Estado que es, en esencia, democrático. Una democracia es comprensiva, incluye, suma, favorece las diversas interacciones entre los sectores. Al Consejo de la Magistratura le corresponde elaborar un análisis y un cálculo real de impacto de la norma, estableciendo por qué y cómo, ésta viene afectando no sólo la calidad de la enseñanza del Derecho sino también el perfil y prestigio de los jueces.

En esa misma línea, el Tribunal Constitucional Plurinacional, debería pronunciarse sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del artículo de la referida ley. Asumir que el Órgano Legislativo enmiende este error, sería lo sensato.

Una sociedad que pretende que sus jueces sean los adalides de la Justicia y el razonamiento jurisdiccional, mal podría divorciar la sesuda actividad académica de la labor de impartir justicia.

domingo, 8 de septiembre de 2013

Palmasola: Oportunidad para construir política criminal, judicial y penitenciaria


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Las condiciones de extremo hacinamiento y la ausencia de un control real por parte del Estado, de las cárceles, son algunas de las características de los sistemas penitenciarios de Latinoamérica. Esta situación, en Bolivia, se ve agravada por el 84 por ciento de los 14.770 presos que no tienen condena.

Lo ocurrido, la semana pasada, en la cárcel cruceña de Palmasola, demuestra el escaso interés que tienen los poderes públicos en el tema penitenciario. En este caso, a la luz de los compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos, el Gobierno pudo romper la tradición y realizar acciones para prevenir los sucesos.

Es sensato alertar que las condiciones continúan dadas, para que ocurra otra masacre en cualquier momento; pues sigue en evidencia la falta de atención oficial "integral" al problema. En este marco, cualquier medida mediática, como el deslice de responsabilidades, que ya se empieza a orquestar (decir que el Órgano Judicial es el culpable, por ejemplo), es signo de la falta de voluntad política del Gobierno de querer enfrentar y resolver este problema tan presente para todos, pero al mismo tiempo, invisible en la agenda nacional; ¿acaso los reclusos no tienen derechos?, ¿Hasta cuándo los tendremos por seres marginales o inexistentes?

Palmasola es una cárcel construida para albergar a 600 personas, pero que al momento de la masacre contaba con 4.725 privados de libertad. El hacinamiento salta a la vista. Esta situación demanda a nuestras autoridades una política criminal coherente con los estándares internacionales de protección de los derechos humanos. Ese es el compromiso asumido por el Estado boliviano y que compromete, subsecuentemente, a todas sus autoridades. Se debe promover programas de rehabilitación, reinserción social, previa clasificación de internos, hacer ajustes en el marco jurídico tendientes a reducir el porcentaje de presos sin condena, renovar su infraestructura, dotar de equipos humanos calificados y presupuesto al Ministerio y direcciones del ramo, además de otras medidas, como el combate a la corrupción. Esta torna en ingobernable cualquier sede penitenciaria.

Quienes creemos en una Bolivia donde el respeto a la vida y a la libertad sean pilares de la construcción de su futuro y donde las violaciones a los derechos humanos no sean regla, no podemos guardar silencio en relación a su situación carcelaria.

Tiendo a recordar que, precisamente, uno de los objetivos del proceso liderado por el presidente Morales, era mejorar la justicia penal. No obstante, todo indica que el balance es negativo. No hablan los expertos, sino los propios hechos, con expresiones como el incremento sostenido de la población penitenciaria, que llegaría a los 14.770 reclusos, 12.310 de ellos sin condena. Siendo este el germen del hacinamiento y la violencia, deberían presentarse propuestas de mejora a la luz de la criminología y de la ciencia penitenciaria. Esta inclinación (que a lo mejor la inicia el Gobierno) debería dar pie a la autocrítica de quienes pueden cambiar el sistema desde los ámbitos más altos del poder. No nos confundamos; quien traza las líneas rectoras de una política criminal, penitenciaria y judicial son los Órganos Ejecutivo y Legislativo. El Órgano Judicial implementa y ejecuta, desde el ámbito de sus funciones, ese marco normativo.

En la línea de lo anterior, resulta dañino para el futuro de la "nueva justicia", aquellas tendencias gubernamentales que endosan una responsabilidad plena, sobre la situación penitenciaria, a quienes tienen función judicial. Existe, una corresponsabilidad del Ejecutivo, del Legislativo y del Judicial. Estas visiones sesgadas tienen un efecto pernicioso en la opinión pública. Asumo que al gobierno democrático no le conviene deslegitimar a la justicia, por eso es, precisamente, "democrático".

Si en Bolivia se pretende construir una política criminal y penitenciaria que trasunte gobiernos, debería sustituirse las acusaciones por acciones concretas en los siguientes años, tales como superar el déficit de infraestructura carcelaria, no ceder el control de las cárceles para fomentar una suerte de autogobierno presidido por los cabecillas de los presos. Por el lado de la Función Judicial, dotar de suficientes unidades judiciales, fiscales y de defensa pública, con recursos humanos capacitados, para que hagan del proceso penal una garantía de respeto a los derechos humanos y no un instrumento de los grupos de poder. En el ámbito legal, importa, dictar normas sustantivas y adjetivas "aterrizadas" en la realidad para ser útiles a la construcción de la paz social.

En la línea de lo último, en el marco del proceso de aprobación de un nuevo Código Procesal Penal (CPP), llamamos la atención sobre la necesidad de revisar los retrocesos en materia de medidas cautelares, que han generado esa sobrepoblación en detención preventiva. Consideramos que, conviene mejorar el régimen de medidas alternativas a la prisión preventiva; por lo que el nuevo CPP, debería apuntar a reducir los plazos de detención preventiva, incluyendo medidas de supervisión de las medidas cautelares y creando sistemas de verificación de información, para que los jueces tomen una decisión de calidad y con más Información a tiempo de decidir una medida cautelar.

La política penitenciaria que reclamamos es aquella que resulta efectiva en su papel de cumplir la Constitución y las leyes. Lo demás es generar confusión y desesperanza respecto al país que se quiere; síntoma irrefutable de la falta de hoja de ruta en la política criminal del Estado.

domingo, 2 de diciembre de 2012

Cuidado Señor Presidente

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La gobernabilidad de un país no solo depende de las líneas de un gobierno eficiente y de la relativa paz social. La gobernabilidad incluye entre sus conceptos la probidad de los principales funcionarios y la transparencia de sus instituciones públicas. Por tal razón, los Estados que aspiran a la gobernabilidad conciben mecanismos de lucha contra la corrupción. Fue por corrupción, precisamente, que el gobierno de Alberto Fujimori en Perú, cayó en el 2001. No fue el desgaste o los errores políticos sino un video que puso en evidencia los movimientos debajo de la mesa. La compra de congresistas, grabada y difundida por televisión una de ellas, llevó a que la opinión pública se enardezca y a que los cimientos de un gobierno que había logrado reelegirse dos veces se quebraran.

La corrupción no solo afecta la credibilidad de un Estado y lleva a la debilidad de las instituciones sino que, además, genera un efecto de arrastre. Por ejemplo, la gente ve un caso de corrupción e, inmediatamente, asume que el gobierno y toda la Administración Pública también es corrupta.

Su gobierno, Sr. Morales, nunca dejó de enarbolar la bandera de la lucha contra la corrupción. Esa línea de principio ha servido para que millones de bolivianos apuesten por Usted, descartando una supuesta vieja política enraizada en la corrupción y falta de transparencia. Sin embargo, pese a las buenas intenciones, las señas de la corrupción son visibles aun, con lo que la materia es aún un asunto pendiente en los hechos. Existe una brecha por superar entre el discurso y la acción.

La acción, que permita dilucidar que existe, con los principios e intenciones, verdadera voluntad política, pasa por reconocer primero que la corrupción está presente en diversos ámbitos del poder y uno de ellos, el que más resalta y al que con más energía hay que combatir es la que atañe a la llamada "nueva Justicia". Es el caso de los procesados del Ministerio de Gobierno, que han actuado por más de cinco años con aparente impunidad. No es concebible la pasividad anterior y que solo surja el interés por investigar y sancionar cuando se afecta a una transnacional o a un empresario norteamericano y, subsecuentemente, cuando un país determinado añade su cuota de presión. La lucha contra la corrupción debe ser una consecuencia directa de la línea de principio ya trazada por todo gobierno.

En esa perspectiva, Presidente Morales, usted tiene el margen de maniobra para impedir que su gestión se vea apañada por quienes se aprovechan del poder para medrar de él. Un primer paso sería decidir cortar el nudo y enfrentar con la legitimidad que tiene a las mafias enquistadas en aquellas esferas de su propio gobierno y en las instituciones del Sistema de Justicia. Se trata de dar operatividad a los mecanismos existentes para rastrear, investigar, juzgar y sancionar a los funcionarios de gobierno, jueces y fiscales corruptos, que infestan el sistema y llevan a la opinión pública a creer que la corrupción atañe a todo el Estado y, por consecuencia indirecta, al propio gobernante. Desde luego que no es necesariamente así, pero las percepciones populares podrían asumirlo así si es que su gobierno no actúa, pues la inacción es interpretada gruesamente y en muchas ocasiones como complicidad.

La gobernabilidad, en efecto, depende de la decisión del gobierno de combatir la corrupción pues existe en la institucionalidad lo que debemos denominar "efecto de la manzana descompuesta". No solo es que la ciudadanía lo crea, es también un efecto real que se produce si es que nos descuidamos, la podredumbre del fruto afecta una zona y se expande hasta invadirlo todo. Un ámbito corrupto se expande y termina por afectar a todo un gobierno o, al menos, por hacer parecer que todo el Estado es corrupto porque algunos jueces y fiscales lo son y porque el gobierno no hace nada por impedirlo.

La acción inmediata en pos de la gobernabilidad es que a menos de un año de ejercicio de las nuevas autoridades judiciales, la mirada pública y gubernamental se fije en las malas acciones y acciones sospechosas de aquellos personajes oscuros aparentemente ligados a la corrupción. Se trata de respaldar y complementar las buenas intenciones de algunas autoridades judiciales como Bernardo Huarachi, Cristina Mamani u otros, para que sus esfuerzos no deriven al tacho de la indiferencia y la docilidad.

Presidente Morales debe escuchar el clamor del pueblo que lo eligió y poner el dedo en la llaga. Su voluntad política de lucha contra la corrupción y en favor de los derechos de las personas, aspectos descuidados, debe visibilizarse con medidas drásticas. Existen casos patentes que debe atender en primera instancia, como la vulneración de derechos flagrantes a los policías Navia (Padre e Hijo), al norteamericano Jacob Ostreicher, a la colombiana Claudia Rodríguez entre otros.

La pasividad, como en la manzana que se pudre, podría pasarle la factura si es que no repara a tiempo que la corrupción no es un asunto de otros, sino que le atañe a Usted y a su futuro político y el de la gobernabilidad boliviana.

*Las opiniones contenidas en este mensaje son de responsabilidad exclusiva de quien las remite y no reflejan posiciones institucionales de la Comisión Andina de Juristas (CAJ).

lunes, 1 de octubre de 2012

Bolivia: la estabilidad de la justicia

Desde hace algunos años es patente el esfuerzo del Gobierno y del Legislativo por propiciar y encauzar un proceso de reforma en el Sistema de Justicia. En esa línea, es justo reconocer que ha habido un avance y una racionalidad destinada a mejorar el Órgano Judicial. No concuerda con ese esfuerzo, el afán visible de algunas autoridades del Ejecutivo y el Parlamento por desacreditar a la administración de justicia, al sostener que ella ha colapsado. 

Extraña la premura en asumir tal colapso, más aún cuando no han transcurrido ni siquiera un año de la entrada en funciones de las nuevas autoridades. Por tanto, media todavía un proceso en el que los cambios deben ser observados y monitoreados, de ninguna manera cortados por razones que no quedan claras.

Es usual, según lo demuestra la experiencia histórica de las Naciones, que cuando el objetivo del poder político es capturar las instituciones (o capturarlas completamente cuando ya existe incidencia de intervención), se inicien una serie de aseveraciones extremas y apocalípticas sobre ellas. Ocurrió en el Perú durante el gobierno fujimorista y en el mismo periodo en Venezuela. 

Antes de emitir críticas que amenazan y no aportan a los cambios, convendría que los representantes del Ejecutivo y el Legislativo atendieran aspectos fundamentales del funcionamiento de la Justicia, el más gravitante es el del presupuesto judicial ¿Qué porcentaje del presupuesto general se destina a la Justicia?

Históricamente el promedio determinado para el Poder Judicial no ha superado el 1.5% del presupuesto general del Estado. Más aún, según las estadísticas del Centro de Estudio de la Justicia de las Américas (CEJA), la tendencia en Bolivia es el decrecimiento presupuestario. Entre los países andinos, Bolivia es el país en el que ha decrecido el presupuesto judicial, mientras que en Perú, Ecuador, Chile o Colombia, los montos se han incrementado. Con esa afirmación de base ¿Pueden las autoridades del Gobierno hablar de un colapso, cuando tal situación deviene, entre otros aspectos, del nivel de sus ingresos? Este nivel es un tema de voluntad política gubernamental más que de eficacia o ineficacia de los jueces. Es importante resaltar que si bien Bolivia tiene la menor población en la Región Andina tiene no solo el presupuesto institucional más bajo; sino que además es el presupuesto por habitante más bajo del grupo de países (5.3 dólares por habitante según el órgano parte de la OEA - CEJA).

Lo que se espera del Gobierno es un aumento del presupuesto de la Justicia y reformas que respeten la independencia judicial y la separación de poderes, pero que, fundamentalmente, sean orientadas y ejecutadas, entre otros, por los propios jueces. 

Se dice, de otro lado, que los jueces cautelares vienen sufriendo una persecución, que dejaría ver una sutil injerencia y un acoso del propio Ministerio Público. Se han iniciado acciones legales contra jueces, pretendiendo conseguir la suspensión de los mismos a sola imputación. 

Es necesario calmar los ímpetus y entender que los jueces necesitan, en la línea del Estado de Derecho, tener un mínimo de estabilidad y seguridades para juzgar, lo que debe incidir en la formulación adecuada de una carrera judicial y de regímenes razonables de disciplina (sobre todo a nivel de los fiscales). Lo que se requiere son reglas claras que impidan la arbitrariedad. Todo esto debe sumarse a la composición de una reforma de la Justicia. En la misma perspectiva y para evitar interpretaciones adversas al Gobierno, la independencia no solo debe ser asumida como la del juez, respetándolo en su fuero, sino también la de la administración de justicia, en general; incluyendo todo el Sistema, tanto jueces como fiscales y operadores. Cuando los jueces reciben denuncias o cuando un ministro y un legislador afirman que la administración de justicia está colapsada lo que se pone en jaque es la confianza en la estabilidad de la Justicia.

Es importante, ser sensibles desde la sociedad civil a cualquier clarinada de alerta sobre la estabilidad de la administración de justicia. Se trata de ejercer la sana crítica sobre todos los argumentos maximalistas, esto es, aquellos que apuestan por la posibilidad de “patear el tablero” cuando algo funciona mal.

Lo conveniente, en cualquier caso, es que juntos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Sociedad Civil, de la mano de los jueces, determinen las falencias del Sistema (incluyendo el presupuesto) y las maneras posibles de cómo corregirlas. Lo que no se debe alimentar es el temor, ni desequilibrar el terreno, tentando medidas extremas, medidas que derivan siempre en una mayor concentración del poder y en menores garantías para el ciudadano.

viernes, 20 de enero de 2012

Bolivia: La justicia y los retos pendientes

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Projusticia

Las autoridades judiciales electas iniciaron sus funciones en el marco de la ley y de la Constitución. Más allá aún de los cuestionamientos que algunos esbocen sobre presuntas faltas de legitimidad o el sustrato político de algunas de las críticas, lo importante es evaluar el tema desde las perspectivas del Estado de Derecho. Si bien, la presencia del Ejecutivo y el Legislativo en los actos aurorales de la gestión pueden sugerir una mala señal, lo que se viene procesando corresponde con la constitucionalidad y la legalidad.

Dado que lo que debe prevalecer es el análisis constitucional, la aparente injerencia política o la polémica en torno a un supuesto protagonismo del Gobierno en este proceso de democratización de la Justicia, debe dar paso a una mirada más cabal, pero vigilante del respeto al marco institucional.

Este proceso de reformas no es único, conviene señalarlo, pues diversos países en la Región Andina vienen buscando fórmulas para mejorar su Sistema de Justicia. Uno de esos casos es Ecuador. Otros casos que deben identificarse es el de Chile, Colombia y Perú, que en algún momento plantearon cambios tomando en cuenta la experiencia internacional. Cada reforma debe considerar no sólo las necesidades de la impartición de justicia sino también lo que el mundo pueda enseñar en materia de reformas. Incluso, a nivel de sociedad civil, se puede seguir la línea de diversas iniciativas (cabe mencionar el Programa Andino Justicia y Derechos Humanos, de la Comisión Andina de Juristas) que busca desde hace más de tres años generar diálogos y retroalimentación entre sistemas jurídicos, esto es, los sistemas jurídicos ordinarios y los construidos por los pueblos indígenas, originarios y campesinos (en el caso de Bolivia).

En esa línea, la experiencia boliviana debe aspirar a ser un referente en el mundo y sus reglas de implementación deben ser herramientas a imitar. La alimentación recíproca es importante y Bolivia, a la vez que debe ser un ejemplo en materia de reformas de la justicia, sorber de los buenos ejemplos que la comunidad internacional permiten ver ¿Y qué es ser un ejemplo para el mundo? Seguir la línea de los cambios en el marco de valores y criterios que deben prevalecer: la independencia judicial, la autonomía de los jueces y la transparencia administrativa y jurisdiccional. Esos fueron los mensajes recurrentes de los discursos de orden en el inicio de las funciones de las nuevas autoridades. Y esos son los criterios que cualquier persona debe defender, en una línea de pleno ejercicio de su ciudadanía.

No obstante, los conceptos deben ser validados por la práctica y el ejercicio que cotidianamente los revalida. No deben ser conceptos huecos y para la platea, sino auténticos compromisos de las autoridades de todo orden con el Estado de Derecho y la democracia.

Es necesario que, en el marco de esos compromisos gravitantes, la Asamblea Legislativa Plurinacional complemente el marco jurídico para la implementación del nuevo Órgano Judicial, el cual puede verse fortalecido con procesos participativos y de empoderamiento en los que las propias autoridades judiciales "ahora producto de una elección popular" sean los que hagan realidad los mandatos constitucionales de construir una justicia plural y mejor; pero sobre todo liderarla. Son retos, entre otros, posicionar a la justicia como un factor de desarrollo institucional. Aportar líneas de acción concretas al pluralismo jurídico. Desarrollar planes estratégicos para mejorar el acceso a la justicia. Avanzar hacia un espacio de transparencia jurisdiccional vía una vitrina de sentencias de toda materia y niveles funcionales. Relacionar a los operadores judiciales con las universidades, dándole mayor valor a la jurisprudencia. Promover la participación y el control ciudadano en la justicia. Construir una estrategia integral de comunicación entre la justicia y la prensa. Fortalecer las capacidades en gestión y política de despacho judicial, entre otros. Estos esfuerzos, deberían orientarse en la línea de construir una Política Pública de Justicia Plurinacional en Bolivia.

Es tiempo de trabajar bajo un paraguas de coordinación y confianza intergubernamental, las organizaciones sociales, la sociedad civil y la ciudadanía.